jueves, 28 de octubre de 2010

La Defensa de la Fiesta sigue en marcha

Esta mañana tal y como habían prometido hace unos días, el máximo responsable del Partido Popular en el Senado, Pío García Escudero y la portavoz adjunta del Partido Popular en esta misma Cámara han presentado un recurso de inconstitucional sobre la prohibición de las corridas de toros en la región catalana. Este texto ha sido avalado por cincuenta senadores tal y como recoge la legislación para presentar estos recursos sobre una ley que pueda resultar inconstitucional.

Hace unos años este mismo partido fue atacado por presentar otro recurso sobre la inconstitucionalidad del famoso Estatuto de Cataluña, pero el tiempo le dio la razon y parte de este texto fue reconocido por el Tribunal Constitucional como una ley que en parte de sus articulos contradecía a la Ley máxima que es la Constución. Desde hoy comienza un largo camino que debe desembocar en la derogación de una ley que incumple numerosos artículos de la Constitución Española de 1978. Todos los aficionados agradecemos la labor del Partido Popular por la evidente defensa de la Fiesta y animamos a otros grandes partidos que se unan a esta labor, de este modo luchen por mantener una tradición tan unida a la historia de España, que el propio Ortega y Gasset manifestó que "es impensable estudiar la historia de España sin considerar las corridas de toros".

CUESTIÓN COMPETENCIAL

"En este a modo de introducción, tampoco debe perderse de vista que la Fiesta de los Toros o espectáculo taurino, tiene carácter nacional, en cuanto actividad histórica y sociológicamente implantada en todo el territorio del Estado, y signo identitario de la colectividad nacional, del pueblo español."

"No cabe, así pues, invocar el Derecho Comunitario como base de una reforma que prohíba la fiesta de los toros, cuando precisamente la Normativa Comunitaria, reconociendo expresamente los valores de la fiesta nacional, recoge la fiesta taurina como una excepción al régimen general tutelar en materia de bienestar animal."

LA FIESTA DE LOS TOROS COMO FENÓMENO HISTORICO Y CULTURAL

"Existe por tanto una aceptación jurídica, y pacifica, del carácter cultural, histórico y tradicional de la Fiesta de los Toros, como parte esencial del Patrimonio Histórico, Artístico, Cultural y Etnográfico de España."

"Esta prohibición también vulnera la Constitución Española, si analizamos la medida conceptuando la fiesta de los toros como una expresión artística y un fenómeno cultural."

"La conceptuación de la Fiesta de los Toros como un fenómeno histórico y cultural, determina que esta actividad cultural, como cualquier otra, se convierta en sí misma en un valor a tutelar, en un valor que los poderes públicos deben preservar, fomentar y proteger, facilitando la participación y su acceso a los ciudadanos."

FIESTA DE LOS TOROS COMO ACTIVIDAD EMPRESARIAL

"Pues bien, sentado lo anterior, parece claro que la norma autonómica que prohibiera la fiesta de los toros en su ámbito territorial, invadiría la competencia estatal de planificación contemplada en el art. 149.1.13ª de la Constitución Española, que se desdobla, por un lado, en la capacidad de normación básica y, por otro, en la potestad coordinadora, y vulneraría además los principios de unidad económica y de mercado que, como hemos visto, sanciona la Constitución, deviniendo así inconstitucional."

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